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viernes, 29 de marzo de 2013

CARAVANA DE LA POESÍA EN LA PLAYA DE BELÉN


 ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE ESCRITORES 
DE LA PROVINCIA DE OCAÑA Y SUR DEL CESAR



En el marco de la VI Feria del Libro de Ocaña, fue creada el 6 de Octubre de 2012, la SOCIEDAD DE ESCRITORES DE LA PROVINCIA DE OCAÑA Y SUR DEL CESAR. Esta era una vieja aspiración de quienes estamos en el cuento de la escritura en cualquiera de sus modalidades: narrativa, ensayo, crónica, poesía, historia, ciencia. Yo recuerdo que el primer intento para agremiarnos se hizo hace ya muchos años, durante un modesto homenaje que le tributamos al malogrado poeta Álvaro Castilla Rovira. Más adelante, en 1998 creamos una Asociación en la Biblioteca Pública Páez Courvel, pero el nuevo intento fracasó. Creo que hicimos como 6 o 7 ejercicios de unificación pero ninguno dio resultado. El pasado 6 de octubre, con la presencia en Ocaña del maestro William Ospina, al fin prosperó la iniciativa en la que pusieron mucho empeño los autores Oswaldo Carvajalino Duque, Marcia Bayona Pérez y Jorge H. Serna. Incluso, se nombró como Miembro Honorario al maestro Ospina a quien pudiéramos atribuirle una especie de bendición oficial.

Una entidad de esta naturaleza es absolutamente imprescindible para la defensa de los intereses comunes del gremio y para la proyección de tareas concretas que permitan la divulgación y producción de un bien cultural de primera necesidad, como es el libro. Después de la música, las letras constituyen el quehacer intelectual que cuenta con más representantes en la región. No olvidemos que la producción literaria de Ocaña data de épocas coloniales y que nuestros más brillantes exponentes culturales, políticos y sociales, han sido escritores. Para no hablar sino de unos pocos, recordemos al poeta, periodista y político José Eusebio Caro; a los historiadores Justiniano J. Páez, Rubén Sánchez Navarro y Alejo Amaya; a Lucio Pabón Núñez, al jesuita Juan Manuel Pacheco, a los científicos y escritores Marcial Calle Álvarez, Raúl Pacheco Ceballos y Edgar Alberto Páez Mozo; a los ensayistas Felipe Antonio Molina, Luis Eduardo Páez Courvel, Leonardo Molina Lemus, Fernando Galvis Salazar, Fray José María Arévalo Claro y Manuel Roca Castellanos; a los poetas Euquerio Amaya, Marco A. Carvajalino, Emmanuel Cañarete, Gilberto Núñez Sarmiento y Jorge Pacheco Quintero; a los novelistas Luis Tablanca, Chela García Núñez y José María Peláez Salcedo; a los cronistas Ciro A. Osorio Quintero y “Carmito” Quintero. Y desde la década de 1970, otras voces literarias, como las de Ciro Alfonso Lobo Serna, Jorge Meléndez Sánchez, Monseñor Leonel Antonio Pineda Guerrero, el padre Luis Antonio García Lemus, Reinaldo Arciniegas Baedecker, y otros 134 autores más hasta llegar hasta 2011, año en el cual publiqué la Historia de la Literatura en la Región de Ocaña.

Casi toda el  área de Ocaña está representada en las letras y no  pocos de los escritores han logrado traspasar la frontera provinciana. 


Hoy, escuchamos voces juveniles de autores regionales, residenciados en los Estados Unidos, como Ingrid Rojas Contreras, a quien tuve el placer de recibir en el Museo Antón García hace muy pocos días; en Brasil, en Bogotá, en Medellín y en Ibagué. Entre ellos: Robinson Arévalo Franco, Cristhian Meneses, Luis Armando Ortíz Álvarez y otros que se me escapan ahora.

Junta Directiva: presidente: Jorge Humberto Serna Páez; vicepresidente: Oswaldo Carvajalino Duque; tesorera: Marcia Bayona Pérez; secretario: Johnny Armado Sánchez  Angarita; vocales: José Nelson Rodríguez Melo; Mario Javier Pacheco García; Sonia Picón Mantilla; Julio César Sepúlveda; Adalberto Fuentes. Otros miembros: William Ospina (honorario), Miriam Inés Marchena, Mario Javier Pacheco García, Bexy Mendoza, Henry Picón, César Yaururo Niño, Luis Eduardo Páez García.

PERONERIA JURIDICA: 3208 de 12 de diciembre de 2012
NIT: 900578052-9
DIRECCION: Calle 7 N¢X 30-149, casa 8
Tel. 561 1117
Cel.3167520205 Museo Anton Garcia de Bonilla
Calle 11 15-13 San Agustin
Tel. 569 0753

OBJETO:
¡§El objeto social de la Asociacion es fomentar la union y asociacion de todos los escritores nativos o residentes en la region y de los escritores residentes en Colombia y el extranjero;
Organizar y auspiciar actividades que promuevan la cultura y crear ambitos de difusion y referencia cultural.
Cooperar con entidades publicas y privadas, nacionales o extranjeras en la formulacion de planes, programas y proyectos que propendan por el desarrollo, crecimiento y conocimiento de valores culturales;
Solicitar a las autoridades el tratamiento de asuntos de interes para la Asociacion;
Proponer el dictado de normas y acciones tendientes a desarrollar y fomentar la cultura, la edicion de libros, publicaciones periodicas y todo aquello que haga a la difusion del trabajo de los escritores y la defensa de sus derechos de autor;
Celebrar convenios con instituciones publicas y privadas, nacionales o extranjeras conducentes al cumplimiento de lo objetivos de la Asociacion;
Promover acuerdos para la difusion y publicacion de libros escritos por los asociados y su lectura en los ambitos educativos y sociales de la region y el pais;
Proyectar, producir y publicar sus propios estudios e investigaciones con financiamiento propio o externo;
Otorgar premios y/menciones a toda persona fisica o juridica que desarrolle actividades destacables de acuerdo a los objetivos de la Asociacion;
Procurar los mejores beneficios economicos y la seguridad social de los asociados;
Impulsar la creacion de sucursales y capitulos en los municipios de la region y los departamentos;
Contratar convenios o acordar, en representacion de los asociados, sobre los asuntos de interes cultural y social de los asociados;
Estimular la creatividad y el ingenio e los nuevos creadores e investigadores;
Presentar propuestas a entidades politicas y culturales, locales, departamentales, nacionales y extranjeras que busquen mejorar y fortalecer la actividad de los asociados y del medio cultural;
Resaltar y reconocer los meritos de los escritores locales, regionales, nacionales e internacionales, cuya obra sea paradigma de las letras para las nuevas generacioes de fabuladores;
Representar cuando sea necesario ante terceros, aquellos escritores que por una u otra razon mantengan conflictos con editores o impresores".

JUNTA DIRECTIVA:
PRESIDENTE: JORGE HUMBERTO SERNA PAEZ
VICEPRESIDENTE: OSWALDO CARVAJALINO DUQUE
TESORERA: MARCIA BAYONA PEREZ
SECRETARIO: JOHNNY ARMADO SANCHEZ ANGARITA

FISCAL: JULIO CESAR SEPULVEDA

VOCALES:
JOSE NELSON RODRIGUEZ MELO
MARIO JAVIER PACHECO GARCIA
SONIA PICON DE CHAUSTRE
ADALBERTO FUENTES JACOME

SOCIOS
:
WILLIAM OSPINA (Honorario)
FABIO ALONSO TORRADO
MIRIAM INES MARCHENA
ROQUE RIZO OSORIO (Rio de Oro)
LUIS EDUARDO PAEZ GARCIA
HENRY PICON MANZANO
CESAR ALBERTO YARURO NINO
ESPERANZA RAMOS-YANEZ (Aguachica)
BEXY AMPARO MENDOZA

ACTIVIDADES REALIZADAS:

Presentacion de la obra del escritor peruano Julian Rodriguez Cosme en el auditorio de la Academia de Historia de Ocana.

ACTIVIDADES PROYECTADAS:

Como propositos iniciales de la Asociacion, se ha acordado por unanimidad, lo siguiente
1,-  Elaboracion de una antologia de poetas contemporaneos de la region de Ocana.
2.- Elaboracion de una antologia de cuentistas contemporaneos de la region de Ocana.
3.-La Caravana de la poesia, actividad cuyo proposito es divulgar el trabajo de los poetas socios de la entidad, en diferentes sectores de la ciudad y en otras ciudades.
4.-Realizacion de los Viernes de la Cultura.
5.-Vinculacion a los actos conmemorativos de los 200 anos de la firma del Acta de Independencia de Ocana. 
6.- caravana de la poesía en Aguachica

 LA CARAVANA DE LA POESÍA


En cumplimiento de los propósitos acordados, la Asociación llevó a cabo los días 26 y 27 de marzo un certamen literario en La Playa de Belén, que contó con el apoyo del Alcalde Municipal y la Secretaría de Cultura de este singularmunicipio nortesantandereanos. Poetas y prosistas de La Playa, Ocaña, Cúcuta y Aguachica se hicieron presentes en el evento que desbordó las expectativas de ASOESCRITORES.

En nota publicada en facebook, el Presidente de la Asociación señala que: "...
"...allí los poetas y escritores de cuentos sacaron a la luz trabajos de meses y de años. 22 poetas y 13 lectores de sus cuentos estuvieron en el hermoso municipio de La Playa de Belén en donde les trataron con la dulzura que caracteriza a los habitantes de allí. Gracias al Alcalde de La Playa don Vólmar Ovallos y a su eficiente secretaria de Cultura y Turismo, doña Angélica Claro quien nos atendió con mucha ternura y bondad. El año entrante estaremos nuevamente en La Maratón Poética de La Playa de Belén-Caravana de la poesía. LA CARAVANA DE LA POESÍA ESTAR ESTE AÑO EN LA CIUDAD DE AGUACHICA. Muchas saludes de todos los compañeros poetas quienes te desean pronto y mejorado en tu querida y añorada Ocaña. En este evento se leyeron poemas de los poetas Alonso Velásquez Claro y de José A. Ropero Alsina quienes no pudieron asistir por por asuntos de salud. Jorge H".
 No podemos menos que coongratularnos por el éxito de las jornadas poéticas que vistieron con la palabra la tiearra altiva de La Playa de Belén y esperar que se sigan cumpliendo estos eventos en los municipios vecinos y luego en Cúcuta y Pamplona, con el fin de divulgar las creaciones de nuestros nuevos poetas. 
REGISTROS FOTOGRÁFICOS DE LA CARAVANA DE LA POESÍA OBTENIDOS POR CARLOS CARRASCAL CLARO Y JUAN CARLOS MANZANO.












 Bexy Amparo Mendoza
 Jorge H. Serna, Angélca Claro y Oswaldo Carvajalino
 Jorge H. Serna
 Julio César Sepúlveda
 Miriam Inés Marchena
 Juan Carlos Manzano



 Johnny Sánchez
 Carlos Carrascal Claro

 Intervención de Oswaldo Carvajalino Duque



 Intervención de Bexy Mendoza
 La pintora Nohemí Vega

 Esperanza Ramos-Yáñez (Aguachica)
 Julio César Sepúlveda
 
 Oswaldo Carvajalino, Angélica Claro y Miriam Inés marchena


 Angélica Claro

 Jorge H. Serna y Oscar Schoonewolf




Al fondo: Adalberto Fuentes Jácome, Johny Sánchez, Julio Sepúlveda y Nelson Rodríguez Melo




 Sonia Picón Mantilla










sábado, 23 de marzo de 2013

CORPONOR, TERRITORIAL OCAÑA





Recientemente tomó posesión del cargo de Director de Corponor - Territorial Ocaña, el Ingeniero Civil  Rafael David Reyes Álvarez, ocañero, con una amplia trayectoria de servicio en el sector público de Norte de Santander y, en especial, en el municipio de Ocaña.

Rafael David Reyes Álvarez y Pedro Pablo Torres,
Directores entrante y saliente, respectivamente, de la Territorial
de CORPONOR- Ocaña

Reyes Álvarez, egresado de la Corporaión Universitaria de la Costa CUC, ha sido Contralor Municipal de Ocaña; Secretario de Planeación, Director de la Oficina de Mantenimiento Vial del Ministerio de Obras en el extinto Distrito número 2; Diputado del Norte de Santander durante seis años; Director del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado en la administración de Francisco Antonio Coronel Julio; Secretario del Interior y Obras Públicas en su tierra natal.Seecretario de Minas y Energía del Norte de Santander en la gobernación de William Villamizar Laguado donde tuvo una gran interacción con la Corporación Autónoma Regional de la Frontera, Corponor en el tema ambiental ((Carlos Jorge Vega, semanario La Provincia). 

Su llegada a la Territorial Ocaña de Corponor ha generado muchas expectatvas, toda vez que, pese a las explicaciones amplias y técnicas hechas a través de los medios de comunicación locales por los anteriores directores de la entidad ambiental, la mayoría de los ciudadanos se muestran excépticos frente a los resultados prácticos obtenidos en los últimos años.


Hay que recordar aquí cómo desde hace ya años, la mayoría de las Corporaciones Autónomas que operan en Colombia han sido cuestionadas por su ineficiencia, por presunta corrupción y altos costos de operación que, por lo regular, no se compadecen con una acción efectiva para la conservación del medio ambiante o la puesta en marcha de las políticas estatales relativas a este importante sector.

Faltan campañas más agresivas de educación ambiental

 Los incendios forestales, otro reto de CORPONOR

CORPONOR no ha sido la excepción en cuanto a la visión general que el pueblo ocañero tiene de sus resultados. Gravísimos problemas como la tala de bosques, contaminación de los recursos hídricos (ríos Algodonal, Tejo y sus afluentes), tráfico ilegal de especies animales en extinción, problemas con los depósitos finales de basura, con los controles a los acueductos municipales, contaminación visual y auditiva en el casco urbano de Ocaña, campañas educactivas y de sensibilización dirigidas hacia la ciudadanía son, entre otros, lo retos que deberá afrontar Rafael David Reyes Álvarez como Director de la Territorial.

 Existe una condición positiva que muy bien puede contribuir al fortalecimiento de una acción ambiental en la zona, y es la existencia de grupos de ambientalistas con años de trabajo aislado, dispersos y poco capacitados, que buscan contribuir desde la sociedad civil a la solución de los problemas ambientales. Con estos grupos, una vez reorganizados y con la Unididad Técnica Ambiental UTA, también cuestionada por su inoperancia tradicional, puede adelantarse una muy buena labor de invetigación, de trabajo interinstitucional, des gestión, que haga de CORPONOR lo que todos esperamos que sea: el epicentro de la lucha por nuestro golpeado ambiente.

 Río Algodonal (alto Catatumbo).
Nivel disminuido y aguas contaminadas
 
 Tráfico ilegal de avifauna

La trayectoria pública de Rafael David Reyes es ya una garantía para que se inicie un nuevo proceso en beneficio de la comunidad regional, pero es imperativa la participación de los ciudadanos, de las organizaciones públicas y privadas para que se logre un resultado satisfactorio a corto y mediano plazo. Ya hemos visto cómo Asucap San Jorge ha dado el primer paso en cuanto a la vinculacion periodística y junto con CORPONOR y varios ciudadanos comprometidos recorrió el Páramo de Jurisdicciones para entregarnos una completa información sobre el espinoso asunto de la deforestación y los atropellos que cometen los colonos en el área. Igual se hizo con la laguna de oxidación de Ábrego y, a nuestro juicio, estos pasos han sido firmes y muy productivos.

 Río Tejo, alma de Ocaña,
convertido en cloaca

Así como hemos venido reclamando espacios periodísticos permanantes para la cultura en los medios escritos, radiales y televisisvos de Ocaña, lo hacemos igualmente para el tema del medio ambiente y para la educación  que siempre son abordados desde el punto de vista noticioso pero no como políticas generales de las empresas periodísticas de Ocaña. Porque, de verdad, no basta saber que tenemos nuestros ríos contaminados o que existe desperdicio del agua, sino sómo vamos a resilver entre todos el problema.

Insertamos los siguientes documentos públicos para que nuestros lectores tengan una visión más amplia de los objetivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y los planes con que cuenta CORPONOR para desarrollar las políticas medioambientales que tiene el Estado:



Objetivo General de la Corporación
 
Ley 99 de 1993, Articulo 30. Objeto. Todas las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán por objeto la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el Ministerio del Medio Ambiente.

Funciones Generales de la Corporación. 

 Ley 99 de 1993, Artículo 31. Funciones. Las Corporaciones Autónomas Regionales ejercerán las siguientes funciones:
    
1) Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción;
    
2) Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente;
    
3) Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables;

4) Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medioambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental (SINA) en el área de su jurisdicción y en especial, asesorar a los Departamentos, Distritos y Municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales;
  
5) Participar con los demás organismos y entes competentes en el ámbito de su jurisdicción, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten;
  
6) Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras entidades públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor manera alguna o algunas de sus funciones, cuando no correspondan al ejercicio de funciones administrativas;
  
7) Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos y vinculados al Ministerio del Medio Ambiente, y con las entidades de apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental (SINA), estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables;
  
8) Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación ambiental formal y ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las directrices de la política nacional;
  
9) Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la Ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la caza y pesca deportiva;
  
10) Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de emisión, descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que puedan afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes de degradación ambiental. Estos límites restricciones y regulaciones en ningún caso podrán ser menos estrictos que los definidos por el Ministerio del Medio Ambiente.
  
11) Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito de los recursos naturales no renovables, incluida la actividad portuaria con exclusión de las competencias atribuidas al Ministerio del Medio Ambiente, así como de otras actividades, proyectos o factores que generen o puedan generar deterioro ambiental. Esta función comprende la expedición de la respectiva licencia ambiental. Las funciones a que se refiere este numeral serán ejercidas de acuerdo con el artículo 58 de esta Ley.
  
12) Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos. Estas funciones comprenden la expedición de las respectivas licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos;
  
13) Recaudar, conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, fijar su monto en el territorio de su jurisdicción con base en las tarifas mínimas establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente;
  
14) Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de los recursos naturales renovables en coordinación con las demás Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades territoriales y otras autoridades de policía, de conformidad con la ley y los reglamentos; y expedir los permisos, licencias y salvoconductos para la movilización de recursos naturales renovables;
  
15) Administrar, bajo la tutela del Ministerio del Medio Ambiente las áreas del Sistema de Parques Nacionales que ese Ministerio les delegue. Esta administración podrá hacerse con la participación de las entidades territoriales y de la sociedad civil.
  
16) Reservar, alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones que fijen la Ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento. Administrar las Reservas Forestales Nacionales en el área de su jurisdicción.
  
17) Imponer y ejecutar a prevención y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección ambiental y de manejo de recursos naturales renovables y exigir, con sujeción a las regulaciones pertinentes, la reparación de los daños causados;
  
18) Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales;
  
19) Promover y ejecutar obras de irrigación, avenamiento, defensa contra las inundaciones, regulación de cauces y corrientes de agua, y de recuperación de tierras que sean necesarias para la defensa, protección y adecuado manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción, en coordinación con los organismos directores y ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras, conforme a las disposiciones legales y a las previsiones técnicas correspondientes;
  
Cuando se trate de obras de riego y avenamiento que de acuerdo con las normas y los reglamentos requieran de Licencia Ambiental, esta deberá ser expedida por el Ministerio del Medio Ambiente.
20) Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables;     
21) Adelantar en coordinación con las autoridades de las comunidades indígenas y con las autoridades de las tierras habitadas tradicionalmente por comunidades negras, a que se refiere la Ley 70 de 1993, programas y proyectos de desarrollo sostenible y de manejo, aprovechamiento, uso y conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente;
  
22) Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente;

23) Realizar actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastres, en coordinación con las demás autoridades competentes, y asistirlas en los aspectos medioambientales en la prevención y atención de emergencias y desastres; adelantar con las administraciones municipales o distritales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de erosión, manejo de cauces y reforestación;   
24) Transferir la tecnología resultante de las investigaciones que adelanten las entidades de investigación científica y de apoyo técnico del nivel nacional que forman parte del Sistema Nacional Ambiental, SINA, y prestar asistencia técnica a entidades públicas y privadas y a los particulares, acerca del adecuado manejo de los recursos naturales renovables y la preservación del medio ambiente, en la forma que lo establezcan los reglamentos y de acuerdo con los lineamientos fijados por el Ministerio del Medio Ambiente;

25) Imponer, distribuir y recaudar las contribuciones de valorización con que haya de gravarse la propiedad inmueble, por razón de la ejecución de obras públicas por parte de la Corporación; fijar los demás derechos cuyo cobro pueda hacer conforme a la ley;   26) Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos en materia ambiental que deban desarrollarse con recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías o con otros de destinación semejante;   
27) Adquirir bienes de propiedad privada y los patrimoniales de las entidades de derecho público y adelantar ante el juez competente la expropiación de bienes, una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando ello sea necesario para el cumplimiento de sus funciones o para la ejecución de obras o proyectos requeridos para el cumplimiento de las mismas, e imponer las servidumbres a que haya lugar, conforme a la ley;

28) Promover y ejecutar programas de abastecimiento de agua a las comunidades indígenas y negras tradicionalmente asentadas en el área de su jurisdicción, en coordinación con las autoridades competentes;    
29) Apoyar a los concejos municipales, a las asambleas departamentales y a los consejos de las entidades territoriales indígenas en las funciones de planificación que les otorga la Constitución Nacional;    
30) Las demás que anteriormente estaban atribuidas a otras autoridades, en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, en cuanto no pugnen con las atribuidas por la Constitución Nacional a las entidades territoriales, o sean contrarias a la presente Ley o a las facultades de que ella inviste al Ministerio del Medio Ambiente.
  
31) Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios y distritos en relación con la zonificación y el uso del suelo, de conformidad por lo establecido en el artículo 313 numeral séptimo de la Constitución Nacional, las Corporaciones Autónomas Regionales establecerán las normas generales y las densidades máximas a las que se sujetarán los propietarios de vivienda en áreas sub-urbanas y en cerros y montañas, de manera que se protejan el medio ambiente y los recursos naturales. No menos del 70% del área a desarrollar en dichos proyectos se destinará a la conservación de la vegetación nativa existente.
  
PARAGRAFO 1. Las Corporaciones Autónomas Regionales que en virtud de esta Ley se transforman, continuarán ejerciendo las funciones atribuidas por las leyes que dispusieron su creación y organización, hasta cuando se defina o constituya el ente que asumirá aquellas funciones que abarquen actividades u objetos distintos de los previstos por la presente Ley. A partir de ese momento, las corporaciones autónomas regionales sólo podrán ejercer las funciones que esta Ley les atribuye;
  
PARAGRAFO 2. Previa declaratoria favorable de viabilidad ambiental por la Corporación Autónoma Regional de la respectiva jurisdicción la Dirección General Marítima y Portuaria del Ministerio de Defensa, DIMAR, como autoridad marítima nacional tiene la función de otorgar autorizaciones, permisos y concesiones para la ocupación temporal de las playas y terrenos de bajamar;
  
PARAGRAFO 3. Cuando una Corporación Autónoma Regional tenga por objeto principal la defensa y protección del medio ambiente urbano, podrá adelantar con las administraciones municipales o distritales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de erosión, manejo de cauces y reforestación; así mismo podrá administrar, manejar, operar y mantener las obras ejecutadas o aquellas que le aporten o entreguen los municipios o distritos para esos efectos;
PARAGRAFO 4. Las Corporaciones Autónomas Regionales realizarán sus tareas en estrecha coordinación con las entidades territoriales y con los organismos a las que éstas hayan asignado responsabilidades de su competencia;    
PARAGRAFO 5. Salvo lo estipulado en el numeral 45 del artículo 5 y el numeral 9 del presente artículo, el ordenamiento, manejo y todas las demás actividades relacionadas con la actividad pesquera y sus recursos, continuarán siendo de responsabilidad del Ministerio de Agricultura y del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, de conformidad con lo establecido por la Ley 13 de 1990 y el Decreto Reglamentario 2256 de 1991;
PARAGRAFO 6. Las Corporaciones Autónomas Regionales que por virtud de la nueva distribución Jurisdiccional pierdan competencia sobre uno o varios municipios, continuarán adelantando los proyectos en ejecución hasta su terminación en un plazo máximo de tres años.   
 
PLANES

Como marcos orientadores de la gestión ambiental en su área de jurisdicción la Corporación cuenta con :
1. PLAN DE GESTION AMBIENTAL REGIONAL (P.G.A.R) : es el instrumento de planificación estratégico de largo plazo de las Corporaciones Autónomas Regionales para el área de su jurisdicción (10 años), que permite orientar su gestión e integrar las acciones de todos los actores regionales con el fin de que el proceso de desarrollo avance hacia la sostenibilidad de las regiones.
2. PLAN DE ACCION CORPORATIVO
- Plan de Acción Trienal 2007-2009
- Plan de Acción Ajustado 2007-2010
- Plan de Acción Ajustado 2007-2012
3. PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS (P.D.A)
4. PLAN DE CONTINGENCIA REGIONAL PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL Y MITIGACIÓN DE INCENDIOS FORESTALES.
5. PLAN DEPARTAMENTAL DE EDUCACION AMBIENTAL
6. PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (P.O.T)
7. PLAN DE COMPRAS DE CORPONOR 2011
8. PLAN DE ACCION CORPORATIVO 2012-2015 APROBADO